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Kit Digital

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales

Negocios del Segmento 1 (entre 10 y 49 empleados): Plazo de presentación de solicitudes abierto hasta el 31 de diciembre de 2024.

Negocios del Segmento 2 (entre 3 y 9 empleados): Plazo de presentación de solicitudes abierto hasta el 31 de diciembre de 2024.

Negocios del Segmento 3 (sin empleados o hasta 2 empleados): Plazo de presentación de solicitudes abierto hasta el 31 de diciembre de 2024.

Comunidades de bienes, explotaciones agrarias y sociedades civiles: Plazo de presentación de solicitudes del 12 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2024.

¿Qué es?

El Kit Digital es una iniciativa del gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

¿Cómo?

Con ayudas económicas que te permiten acceder a un gran catálogo de soluciones digitales y a agentes digitalizadores que te ofrecen estos servicios. Solo tienes que escoger las que mejor se adapten a las necesidades de tu empresa.

¿Qué te ofrece?

Un bono digital con una cuantía económica para que la administres escogiendo una o varias soluciones digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores que desarrollen los servicios del catálogo:

Sitio web y presencia en Internet
Hasta 2000 €

Comercio electrónico
Hasta 2000 €

Gestión de Redes Sociales
Hasta 2500 €

Gestión de clientes
Hasta 4000 €

Inteligencia emocional y analítica
Hasta 4000 €

Servicios y herramientas de oficina virtual
Hasta 12000 €

Gestión de procesos
Hasta 6000 €

Factura electrónica
Hasta 2000 €

Comunicaciones seguras
Hasta 6000 €

Cyberseguridad
Hasta 6000 €

Presencia avanzada en Internet
Hasta 2000 €

Marketplace
Hasta 2000 €

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda?

Si cumples las siguientes condiciones, ¡el programa Kit Digital está hecho para ti!

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).

Descargas

Oficina Acelera Pyme para Kit Digital

Te ayudamos en el proceso de solicitud del Kit digital de forma gratuita.

Área de Creación de Empresas, Competitividad e Innovación
Cámara de Comercio de Cádiz

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